El principio general con respecto a la eficacia de una ley que deroga a otra con respecto a las situaciones jurídicas nacidas bajo la ley anterior es la retroactividad.
La retroactividad es, en una sucesión temporal de leyes, la aplicación de la norma jurídica nueva a supuestos de hecho, actos, relaciones y/o situaciones jurídicas nacidas o constituidas con anterioridad a su entrada en vigor y que, por tanto, tuvieron su origen bajo el imperio de la norma derogada.
¿Qué artículos de que leyes regulan este principio general?
-Artículo 2.3 del Código Civil "Las Leyes no tendrán efecto retroactivo si no dispusieron lo contrario".-Artículo 9.3 de la Constitución Española de 1978 "la constitución garantiza... la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales..."
Ejemplo de una ley retroactiva:
http://www.buenastareas.com/ensayos/Retroactividad-De-La-Ley-Penal/226062.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario