martes, 26 de octubre de 2010

NOTICIA 3

El Ministerio adapta el Registro Civil para los niños de “vientres de alquiler”

El ministerio de justicia, a través de la Dirección General de los Registros y del Notario, ha promulgado una serie de disposiciones donde se establecen los criterios para la inscripción en el Registro Civil a niños nacidos en el extranjero de madres gestantes que han renunciado a sy filiación materna.
En esta orden se explica que en caso en que se solicite la inscripción del recien nacido en el extranjero mediante gestación por sustitución sin que se presente un dictamen judicial de afiliación, el Registro Civil denegará la inscripción. Esto lo podemos ver regulado en el art.10.1 de la Ley 14/2006 de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana, donde se dicta que será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero.
A través de esta instrucción, el menor podrá acceder al Registro Civil español cuando uno de sus progenitores sea de nacionalidad española.Además, también se trata de evitar la transgrasión a del derecho del menor a conocer su origen biológico.
La exigencia de este dictamen permitirá controlar el cumplimiento de los requisitos del contrato respecto al marco legal del país donde se ha formalizado, así como la protección de los intereses del menor y de la madre gestante.

http://www.legaltoday.com/actualidad/noticias/el-ministerio-adapta-el-registro-civil-para-los-ninos-de-vientres-de-alquiler

No hay comentarios:

Publicar un comentario